✅ La patria potestad puede ser ejercida por el padre, la madre o ambos conjuntamente.
✅ Si hay acuerdo entre los padres, debe formalizarse mediante escritura pública o acta ante el Registro Civil, y subinscribirse en el acta de nacimiento del hijo dentro de 30 días.
✅ En ausencia de acuerdo, ambos padres la ejercen conjuntamente.
✅ Para actos de mera conservación, cualquiera de los padres puede actuar.
✅ Para otros actos, se requiere actuación conjunta.
✅ En caso de desacuerdo, ausencia, impedimento o negativa injustificada de uno de los padres, se necesita autorización judicial.
✅ El juez puede otorgar la patria potestad a uno solo de los padres si el interés del hijo lo hace indispensable.
✅ La resolución judicial debe subinscribirse en el mismo plazo.
✅ Si uno de los padres que tenía la patria potestad falta, los derechos y deberes pasan al otro.
✅ La edad mínima para girar directamente desde una libreta de ahorro es 18 años, cuando la persona alcanza la mayoría de edad y adquiere plena capacidad legal para administrar sus bienes.
👉 Antes de los 18 años:
- La cuenta puede estar a nombre del menor, pero los giros deben ser realizados por el representante legal (padre, madre, o tutor legal).
👉 Al cumplir 18 años:
- El titular puede administrar y girar libremente desde su cuenta.